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PUBLICADAS LAS SUBVENCIONES DESTINADAS A ASOCIACIONES EMPRESARIALES DEL SECTOR DEL TRANSPORTE DE VIAJEROS POR CARRETERA DE CANTABRIA

Torrelavega, miércoles 20 de marzo de 2024.

Desde la Agencia de Desarrollo Local de Torrelavega, queremos informaros que este miércoles 20 de marzo de 2024, la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria, ha publicado en el BOC las subvenciones destinadas a asociaciones empresariales del sector del transporte de viajeros por carretera de la Comunidad Autónoma de Cantabria

El objetivo de estas subvenciones, que se otorgarán en régimen de concurrencia competitiva, es fortalecer el funcionamiento de las asociaciones del sector del transporte de viajeros por carretera en Cantabria, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria.

Las bases reguladoras de estas ayudas están establecidas en la Orden IND/32/2021, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria el 6 de julio de 2021. Según esta orden, podrán beneficiarse de las subvenciones las asociaciones empresariales de transporte público de viajeros, incluyendo taxi o auto-taxi, con sede fiscal en Cantabria y que hayan sido legalmente constituidas antes del 1 de enero de 2024, siempre y cuando acrediten su representatividad ante el Comité Nacional del Transporte por Carretera.

El presupuesto asignado para estas ayudas asciende a un máximo de 18.000 euros, financiado a través de la aplicación presupuestaria 04.04.453C.482 «Asociaciones de transportistas», de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2024.

El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria. Es decir, a partir del jueves 21 de marzo de 2024. Los interesados podrán encontrar los modelos de solicitud y demás documentos complementarios en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria.

Las solicitudes, debidamente cumplimentadas y firmadas por la persona que ostente la representación legal de la asociación, deberán dirigirse al titular de la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente y presentarse a través del Registro Electrónico Común de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Es importante destacar que no podrán beneficiarse de estas subvenciones aquellas asociaciones que se encuentren en situaciones previstas en la Ley 10/2006 de Subvenciones de Cantabria.

Para obtener más información y acceder a los modelos de solicitud, los interesados pueden visitar el apartado «Atención a la Ciudadanía 012», «Ayudas y Subvenciones» en el Portal Institucional del Gobierno de Cantabria (http://www.cantabria.es).

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